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A. 710/25
Auto23 de mayo de 2025

Sentencia A. 710/25

Corte Constitucional·23 de mayo de 2025·Ponente Natalia Ángel Cabo

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel de la fuente publicada
A710-25


REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL

 

Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia T-025 de 2004

Estado de cosas inconstitucional en materia de atención a la población víctima de desplazamiento forzado

 

 

AUTO 710 DE 2025  

 

Asunto: auto de solicitud de información al Sistema de Naciones Unidas en Colombia.

 

Magistrada Sustanciadora:

NATALIA ÁNGEL CABO

 

 

Bogotá D. C., 23 de mayo de 2025.

 

La suscrita magistrada, como presidenta de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, profiere la presente decisión con base en los siguientes,   

 

I.                  ANTECEDENTES

 

1.                 La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 consideró necesario redefinir la metodología de recolección, discusión y presentación de información en el proceso de valoración del estado de cosas inconstitucional (ECI) en materia de desplazamiento forzado. Esto, con el fin de avanzar hacia una evaluación global, sustantiva y dialógica de los avances y desafíos persistentes en la materia. Esta decisión respondió a múltiples razones desarrolladas en los Autos 310 y 1291 de 2023 y que se resumen a continuación.

 

2.                 En primer lugar, la última valoración global del ECI se realizó en 2016. Desde entonces, aunque las entidades responsables entregaron informes anuales, la Corte advirtió que estos documentos resultan insuficientes para identificar con claridad los obstáculos estructurales, debido a su carácter rutinario, a la dispersión de la información, y a la falta de coherencia interna y análisis evolutivo. Esta situación limitó el impacto del seguimiento judicial en la transformación de las fallas persistentes.

 

3.                 En segundo lugar, el entonces nuevo Gobierno nacional que se había posesionado en 2022, no había tenido la oportunidad de presentar de forma articulada su diagnóstico ni su estrategia frente a la superación del ECI. Por esta razón, la Corte promovió un escenario de mayor interlocución que permitiera analizar conjuntamente los desafíos estructurales.

 

4.                 En este contexto, la Sala adoptó una nueva metodología que retomó el carácter dialógico y participativo del proceso de seguimiento. Dicha metodología buscó generar sesiones técnicas temáticas de alto nivel, orientadas a identificar las fallas estructurales más críticas -aquellas que, por su gravedad o por irradiar otras deficiencias, obstaculizan en mayor medida la garantía de los derechos de la población desplazada-, y a construir de manera colectiva propuestas que contribuyan a su superación.

 

5.                 El enfoque dialógico adoptado respondió a la necesidad de superar una lógica meramente defensiva por parte de las institucionales y promover un diálogo abierto y transparente sobre los bloqueos institucionales, las prácticas inconstitucionales y los caminos viables hacia la garantía de derechos. Por ello, este despacho privilegió la oralidad y el intercambio directo entre entidades estatales, organismos de control, organizaciones de la sociedad civil y representantes de víctimas.

 

6.                 En este proceso, la participación del Sistema de Naciones Unidas en Colombia resultó especialmente valiosa. En el marco de las sesiones técnicas desarrolladas bajo la metodología definida en el Auto 1291 de 2023, distintas agencias y representaciones del Sistema aportaron perspectivas expertas y propuestas orientadas a superar obstáculos estructurales persistentes. La Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) participó activamente en las sesiones sobre (i) coordinación y presupuesto, (ii) prevención y protección, (iii) derechos colectivos étnicos y (iv) verdad, justicia y reparación. La Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Colombia y Coordinadora Humanitaria participó en la sesión técnica dedicada a los componentes de generación de ingresos, retornos y reubicaciones, educación y vivienda. A su vez, la Oficina de Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA) intervino en la sesión centrada en los sistemas de información y atención humanitaria. La presencia activa del Sistema en este proceso permitió enriquecer el análisis técnico, visibilizar las necesidades de una implementación efectiva de los enfoques diferenciales en la política dirigida a la población desplazada y proponer caminos concretos para mejorar la respuesta institucional.

 

II.               CONSIDERACIONES

 

7.                 La Sala Especial de Seguimiento reconoce el valor de los aportes realizados por las agencias del Sistema de Naciones Unidas en Colombia en las sesiones técnicas referidas anteriormente. Su participación permitió fortalecer el análisis técnico de los distintos componentes de la política pública sobre desplazamiento forzado, visibilizar problemáticas estructurales persistentes y aportar una visión novedosa sobre su abordaje. No obstante, en razón a las limitaciones propias de las sesiones técnicas y del alcance temático de cada una de ellas, la Sala considera necesario abrir un espacio adicional de diálogo con el Sistema de Naciones Unidas, que permita recoger insumos más amplios y detallados sobre su lectura de los obstáculos persistentes en la superación del estado de cosas inconstitucional.  

 

8.                 La Sala resalta, además, el papel activo que han desempeñado las agencias del Sistema de Naciones Unidas no solo en materia de atención humanitaria a la población desplazada, sino también en la promoción de soluciones duraderas que permitan superar de manera estructural las condiciones de vulnerabilidad. En el foro “Justicia constitucional en contextos de conflicto: aprendizajes de la Sentencia T-025 de 2004 y reflexiones hacia el futuro sobre el desplazamiento forzado interno”, organizado por esta Sala con ocasión de los 20 años de la Sentencia T-025 de 2004, el Asesor Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para las Soluciones a Desplazamientos Internos, Robert Piper, destacó la importancia de que Colombia haya sido seleccionada como país piloto para la implementación de una estrategia integral de soluciones duraderas. Esta estrategia, desarrollada con la participación de agencias como ACNUR, OIM, PNUD y ONU-Hábitar, busca fortalecer las condiciones para que la población desplazada supere su situación de exclusión a través de acciones coordinadas en materia de generación de ingresos, acceso a vivienda, fortalecimiento del tejido social y participación comunitaria. La Sala valora este esfuerzo como un aporte sustantivo al objetivo común de lograr que las víctimas de desplazmaiento forzado puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones frente al resto de la población.  

 

9.                 En este contexto, y con el ánimo de fortalecer el proceso dialógico que orienta el seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, la Sala considera fundamental que el Sistema de Naciones Unidas en Colombia remita a esta Corporación su valoración sobre los principales desafíos estructurales que persisten en la atención, protección y reparación de la población desplazada. En particular, este despacho solicitará su lectura sobre los cuellos de botella que han impedido avances sostenidos en la garantía de derechos, los factores que condicionan la implementación de soluciones duraderas, así como las posibilidades de mejora institucional que deberían considerarse para superar el estado de cosas inconstitucional. La Sala deja abierta, además, la posibilidad de que el Sistema de Naciones Unidas remita cualquier otra información que considere pertinente para contribuir al objetivo de la valoración global en curso.  

 

10.            Para tal fin, la Sala solicitará a la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Colombia que, en ejercicio de su rol de articulación interagencial, coordine con las agencias del Sistema una respuesta conjunta a las inquietudes planteadas en el cuestionario contenido en el Anexo I de esta providencia. Esta respuesta podrá estructurarse por ejes temáticos o componentes, de acuerdo con las áreas de experticia y mandato de las agencias participantes, y deberá reflejar los consensos, alertas y recomendaciones más relevantes identificados en el marco de ese proceso de consulta técnica.

 

11.            La información podrá ser presentada por cualquier medio que consideren adecuado, no limitado a la entrega de informes escritos. Las agencias del Sistema de Naciones Unidas podrán, si así lo estiman pertinente, incluir materiales audiovisuales o proponer espacios de diálogo directo con la Sala para exponer los hallazgos y propuestas o ampliar la información sobre ellas.

 

III.           DECISIÓN

 

Con fundamento en las anteriores consideraciones, la suscrita magistrada:

 

RESUELVE

 

Primero. INVITAR a la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Colombia para que, en ejercicio de su rol de articulación interagencial, coordine con las agencias del sistema una respuesta conjunta al cuestionario contenido en el Anexo I de esta providencia, en el marco del proceso de valoración global del estado de cosas inconstitucional declarado en la Sentencia T-025 de 2004.

 

Segundo. SOLICITAR a la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Colombia, que dicha respuesta conjunta sea remitida a esta Sala Especial de Seguimiento en un plazo de quince (15) días contados a partir de la comunicación del presente auto, con el fin de aportar insumos relevantes para el análisis de los desafíos estructurales, las propuestas de mejora institucional y las condiciones necesarias para avanzar hacia soluciones duraderas para la población desplazada.

 

Tercero. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, el presente auto a la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Colombia[1].

 

Comuníquese y cúmplase.

 

 

 

 

 

NATALIA ÁNGEL CABO

Magistrada

 

 

 

 

 

ANEXO I – CUESTIONARIO DIRIGIDO AL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS EN COLOMBIA

 

Este cuestionario tiene por objeto recabar la visión estratégica del Sistema de Naciones Unidas en Colombia sobre los principales desafíos estructurales que enfrenta el Estado colombiano para garantizar los derechos de la población desplazada y avanzar hacia soluciones duraderas. Las respuestas orientarán el análisis que realiza la Sala Especial de Seguimiento en el marco de la valoración global del estado de cosas inconstitucional declarado en la Sentencia T-025 de 2004.


I. Diagnóstico estratégico de los principales retos estructurales

 

1.     ¿Cuáles considera el Sistema de Naciones Unidas que son los principales cuellos de botella estructurales que han dificultado una respuesta sostenida y eficaz del Estado colombiano frente al desplazamiento forzado interno?

2.     ¿Qué factores han impedido que las acciones institucionales permitan que las personas desplazadas logren superar las condiciones de mayor  vulnerabilidad que enfrentan, particularmente en lo relacionado con el acceso efectivo a derechos como vivienda, ingresos, salud, educación y participación?

3.     ¿Cuáles son las limitaciones más significativas del diseño y operación de la política pública de respuesta al desplazamiento forzado que, desde la experiencia de las agencias del Sistema de Naciones Unidas, no se han resuelto adecuadamente?


II. Soluciones estratégicas y buenas prácticas

 

4.     Desde su mandato y experiencia, ¿qué estrategias, programas o modelos impulsados o acompañados por el Sistema de Naciones Unidas considera que han mostrado mayor efectividad en el abordaje del desplazamiento forzado en Colombia?

5.     ¿Qué lecciones aprendidas o buenas prácticas podrían escalarse a nivel nacional para enfrentar de manera más estructural y sostenible los desafíos del desplazamiento forzado particularmente en materia de coordinación institucional, participación, generación de ingresos, rehabilitación, acceso a vivienda, u otros?

6.     ¿Qué condiciones institucionales, normativas o presupuestales son necesarias para que las soluciones que han mostrado resultados en ciertas regiones puedan replicarse o expandirse en otros contextos territoriales?


III. Enfoque en soluciones duraderas

 

7.     ¿Cuál es la valoración general del Sistema de Naciones Unidas sobre los avances, obstáculos y desafíos en la implementación de una estrategia nacional de soluciones duraderas en Colombia?

8.     Desde la experiencia de las agencias participantes, ¿qué elementos son esenciales para que una estrategia de soluciones duraderas sea efectiva en Colombia?

9.     ¿Qué recomendaciones estratégicas plantea el Sistema de Naciones Unidas para avanzar de manera decidida hacia la superación del estado de cosas inconstitucional y lograr condiciones que permitan a las personas desplazadas ejercer sus derechos en igualdad de condiciones?


IV. Información adicional

10. ¿Desea el Sistema de Naciones Unidas aportar otras observaciones, evidencias o reflexiones que considere relevantes para esta etapa del seguimiento y que puedan contribuir al análisis integral que realiza la Corte?

 



[1] mireia.villarforner@un.org